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20081226

Pensador del Derecho (*)




Francisco Miró Quesada es ampliamente conocido por sus contribuciones a la lógica, a la filosofía política y a la filosofía del conocimiento, pero pocos conocen que dentro de su actividad se encuentra una veta jurídica, pequeña pero importante. Y que se revela con mayor nitidez en un país como el nuestro, en donde el cultivo de la teoría jurídica se da en escala bastante reducida.

Ahora bien ¿cómo fue que Miró Quesada incursionó en el derecho y por qué lo hizo? La historia es un poco curiosa. Miró Quesada enseñaba filosofía desde principios de los años cuarenta, y luego se dedicó a los estudios matemáticos con igual intensidad. Pero cumpliendo una promesa hecha a su padre, el inolvidable Racso, se puso a estudiar Derecho y eso lo puso en contacto no solo con el derecho romano y las grandes áreas del derecho, sino con el filón filosófico que le ofrecía la ciencia jurídica. Leyó, como era obligado a Kelsen, y descubrió muchas cosas, entre otras, que ahí no se encontraba ni por asomo una lógica jurídica. Así, aprovechando el Congreso Internacional de Filosofía que en 1951 organizó San Marcos con motivo de su cuatricentenario aniversario, presentó una ponencia en la que sostenía dos puntos radicales: que una lógica jurídica como tal, construida con los elementos de la lógica formal, no existía. Y que si existía, debía ser en lo sustancial una teoría de la deducción. En ese congreso, tuvo un enfrentamiento retórico con Carlos Cossio que se dispersó en vaguedades. Y otro más sólido con Eduardo García Máynez, con quien iniciaría un diálogo fructífero (García Máynez había publicado el mismo año de 1951 un libro sobre lógica jurídica, que fue el inicio de una trilogía que publicó tiempo después).

Lo importante es que 1951 es el año fundacional de la lógica jurídica en el mundo: lo hicieron simultáneamente el alemán Ulrich Klug, el finés von Wright, el mexicano García Máynez y el peruano Miró Quesada.

Puesto a la tarea de desarrollar el tema de su pionera ponencia de 1951, preparó un amplio trabajo de fundamentación para fines académicos, que apareció en 1954 y en forma de libro en 1956. El gran filósofo Norberto Bobbio, al repasar la bibliografía y los aportes a la lógica jurídica en el pasado siglo, llega a la conclusión de que estos escritos de Miró Quesada tienen ese carácter fundacional.

Otros enfoques filosófico-jurídicos de Miró Quesada están relacionados con los derechos fundamentales y sobre todo con el planteo de lo que debe ser considerado como derecho justo (en donde desarrolla el principio de la no arbitrariedad y de la simetría).

Y años más tarde, su excursión, creadora y audaz, sobre la interpretación jurídica, muy trajinado en los predios de la filosofía del derecho, pero nunca antes abordado desde un punto de vista formal. Y de lo que da fe su estupendo libro "Ratio interpretandi".

Miró Quesada, en forma adicional, dedicó largos años a la enseñanza de la filosofía del derecho en la Universidad de Lima, en donde tuve el privilegio de acompañarlo. Y en donde también se explayó en temas con la originalidad y vigor que lo caracterizan, si bien de ellos no ha quedado obra escrita.

La incursión marginal de Francisco Miró Quesada en la filosofía del derecho ha sido decisiva y demostrativa de su capacidad de trabajo y de su innegable talento creativo.

* Por Domingo García Belaunde

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